Funciones del Consejo:
   

-Llevar los registros de profesionales y empresas que se dediquen a actividades            relacionadas con el ejercicio de las profesiones comprendidas en el decreto Ley.

-Propender a la jerarquización de las actividades profesionales sujetas a su       jurisdicción y velar por el respeto de los principios de la ética profesional.

          -Actuar en todos los temas habilitados por su ley de creación.